¿QUÉ HACEMOS CON LOS CONTRATOS DEL HOGAR TRAS UN DIVORCIO?

Una de las dudas más frecuentes que surgen tras un divorcio es quién debe hacer frente al pago de los contratos del hogar. Efectivamente, hay que ponerse de acuerdo en quién ha de hacer frente a estos cargos. Por regla general es el cónyuge que se quede con la vivienda familiar la persona que va a ser responsable de hacer frente a esos cargos pero ¿cómo puede hacerse eso efectivo? En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber para poder efectuar correctamente todos estos trámites.

 

¿Cómo hacer el cambio de titular del agua y del resto de suministros? 

El cambio de titular con Endesa de la luz y el gas, o la comercializadora que corresponda, así como el del suministro de agua con la compañía que trabaja en tu ciudad es la primera gestión que debe de hacerse nada más divorciarse. Por supuesto, el cambio de titular con Endesa de gas y electricidad, así como en las demás compañías, es completamente gratuito. Ahora, antes de nada deberás comprobar que no hay facturas pendientes de pago porque es posible que dichas deudas podrían pasar al nuevo titular en casos como este.

 

Por supuesto, una vez se haya efectuado dicho trámite, el nuevo titular podrá cambiar la tarifa de Iberdrola o con la entidad con la que haya suscrito el contrato energético. También es posible que, en lugar de un cambio de titularidad, se haga un cambio de domiciliación con Iberdrola o la compañía que corresponda; de esta manera, el titular seguiría siendo el mismo pero pagaría el miembro de la pareja que estuviera residiendo actualmente en la vivienda. Para más información sobre el cambio de domiciliación de Iberdrola, no te pierdas el siguiente artículo: http://pueblosocial.es/cambiar-titular/iberdrola/domiciliacion/.

 

¿Por qué es importante o recomendable cambiar la titularidad? 

 El cambio de titular es obligatorio siempre y en el caso de los divorcios es altamente recomendable. Efectivamente, siempre es mejor que la persona que se encuentre residiendo en la vivienda sea la persona titular de los suministros porque de esta forma podrá realizar las contrataciones que quiera, suscribir un aumento o bajada de potencia, etc. Además, en caso de que se produzca un impago, aunque el titular ya no viva en la vivienda por sentencia judicial, si sigue siendo el titular – incluso cuando las facturas están domiciliadas en la cuenta de otra persona, el responsable seguirá siendo dicho titular.

 

¿Necesito acudir a una oficina para realizar dicho trámite?

No es necesario acudir a una oficina, estos trámites pueden efectuarse afortunadamente de forma telemática: una de las formas más sencillas es realizarlo a través del teléfono gratuito de atención al cliente o bien de la página web de la compañía con la que se debe realizar la gestión. En la actualidad es posible junto con este trámite contratar una nueva tarifa de luz; para comprobar cuál es la oferta en vigor que más se ajusta a lo que necesitas, no dudes en visitar este enlace.

 

Por Papernest